ALGUNAS NOTICIAS SOBRE LA DEVOCIÓN A LA VIRGEN DEL CARMEN EN
MEDINA SIDONIA (I)
A veces un documento notarial, esperadamente insípido y
monótono, se convierte en una fuente sabrosa y viva de la cotidianeidad de
nuestros antepasados: reflejo de sus creencias, de sus preocupaciones, de sus
costumbres y, como no, testimonio de las leyes que los regían. En un fragmento
que extraigo del testamento de don Francisco Jiménez de Morales, familiar del
Santo Oficio, firmado en Medina Sidonia el 7 de mayo de 1742, el otorgante
declara que doña Luisa Blanco, su primera mujer, en su final testamento, “con
mi aprobación y consentimiento, dexó en propiedad y posesión a la cofradía de
Nuestra Señora del Carmen, sita en la parroquial de señor Santiago de esta
ziudad, unas casas que teníamos en virtud de título de compra (…) en la calle
de La Loba de ella, frente de las de mi morada”. Lindaba esta propiedad “en la
parte de arriba con casas de Joseph Rodríguez Nabaz y de Sevastián de Peña
Aragón, y por la de abajo con otras casas de dicho Sebastián de Peña y doña
Marina, su hermana doncella”. Y la “dexó a la dicha cofradía de Nuestra Señora
del Carmen con el cargo de dose ducados de tributo redimible y, por su
principal, quatrocientos ducados de dicha moneda de vellón a la cofradía de
Nuestra Señora de la Soledad cita en la Iglesia Maior de esta dicha ciudad, la
que está agregada a la de la Inmaculada Concepsión”. Es decir, que, cuando la
cofradía del Carmen se hiciera cargo de la casa había de pagar por su disfrute 12
ducados anuales a la cofradía de la Soledad (lo que se haría el día de san Juan
Bautista), o bien 400 de una vez y liberarla de la imposición. Además, por
disfrutar de las rentas anuales que generara la casa los hermanos del Carmen habían
de comprometerse a celebrar en su capilla en honor de la difunta cuatro misas
cantadas anuales: una en los días de octava de las Ánimas, otra en el día de
san Luis, rey de Francia, otra en el de san Francisco de Asís y la última el
día de la Inmaculada Concepción. Por su parte, la cofradía de la Soledad
quedaba obligada por el cobro del tributo anual a celebrar en el altar de
Nuestra Señora de la Soledad, “una fiesta de misa cantada con sermón en el día
veinte y tres de septiembre, en el que en el año pasado de mil setecientos y diez
y siete resivió esta ciudad de Dios Nuestro Señor y por intercesión de su Santísima
Madre e Ymagen de su Soledad el beneficio de aver sido preservada de los
estragos que pudo ocasionar un raio que caió en dicha Yglesia Maior”.
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